Activos autorizados para integrar el patrimonio del fondo
Activos autorizados para integrar el patrimonio del fondo (en adelante activos autorizados), comprende todos los activos contemplados en el artículo 1º de la ley que pueden formar parte del objetivo de inversión del fondo, los cuales deben estar detallados en los reglamentos.
Agentes Colocadores
Agentes Colocadores, son las entidades y/o sujetos autorizados para actuar como tales por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES en el marco de lo dispuesto en el artículo (COMPLETAR) del Capítulo XI de las NORMAS (N.T. 2001) para promocionar y comercializar cuotapartes de los fondos.
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo es la opinión independiente, objetiva, y técnicamente fundamentada, acerca de la solvencia y seguridad de un determinado instrumento financiero emitido por alguna institución. Esta opinión es emitida por entidades especializadas denominadas SOCIEDADES CALIFICADORAS DE RIESGO. Al tratarse de opiniones guardan un carácter subjetivo; pero que en todo caso se respalda en un análisis profesional de la información sobre el FONDO.
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (en adelante "la CAFCI"), es una Asociación Civil creada por las GERENTES de FONDOS, cuya misión es difundir y afianzar el conocimiento sobre los FONDOS, preservar la integridad de la industria y salvaguardar la confianza de los inversores, y sus objetivos divulgar información sobre la industria y educar sobre los FONDOS, representar, proteger los intereses y brindar servicios a sus GERENTES asociadas. La CNV ha delegado en la CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN (CAFCI), el llevado del Registro de Idóneos habilitados para la colocación de cuotapartes de FONDOS. La CAFCI debe mantener actualizado el Registro de Idóneos y asegurar el acceso continuo de la CNV a dicho registro (artículos 1º a 5º del Capítulo XIV de las NORMAS (N.T. 2001)). Puede obtener más información sobre esta institución en www.fondosargentina.org.ar, o en las oficinas de su sede en la Calle Sarmiento 552 Piso 9º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P. AAL 1041).
Clases de cuotapartes
Clases de cuotapartes son cuotapartes diferentes que pueden existir dentro de un mismo fondo que se diferencian entre sí por las comisiones que les sean aplicables, derivando las diferentes comisiones, tanto de la propia política de comercialización como de otros aspectos como el volumen de inversión, la política de distribución de resultados o la divisa de denominación. Cada clase de cuotaparte recibirá una denominación específica que incluirá en todos los casos la denominación del fondo.
Comisiones de rescate
Comisiones de rescate, se pueden aplicar cuando el cuotapartista procede a solicitar y gestionar el rescate de toda o parte de sus cuotapartes en el Fondo y se deducen del monto rescatado.
Comisiones de suscripción
Comisiones de suscripción, se pueden aplicar cuando el cuotapartista ingresa en un fondo y representan un porcentaje sobre el monto que se suscribe.
Cuotapartes
Cuotapartes de los fondos abiertos y cerrados, son valores negociables y representan el derecho de copropiedad indiviso de los cuotapartistas sobre el patrimonio del fondo.
Cuotapartistas
Cuotapartistas son los inversores del fondo, que pueden ser personas físicas o jurídicas (sin limitaciones generales), y adquieren tal carácter mediante la suscripción voluntaria de cuotapartes por cualquiera de las modalidades de captación implementadas por el fondo involucrado, momento en el que adhieren de pleno derecho al reglamento y son inscriptos en el registro de cuotapartistas correspondiente, conforme lo dispuesto en el artículo 14 de la ley.
Decreto Nº 174/93
Decreto Nº 174/93 (en adelante "el decreto"), es el decreto publicado en el Boletín Oficial el 11 de febrero de 1993 por medio del cual se reglamentó la ley.
Fondos Comunes de Inversión
Fondos Comunes de Inversión (en adelante "los fondos"), no constituyen sociedades ni son personas jurídicas, sino son considerados patrimonios integrados por diferentes activos que pertenecen a diversas personas a las que se les reconocen derechos de copropiedad representados por cuotapartes emitidas al momento de su ingreso en el FONDO, cuya administración y representación corresponde a una sociedad gerente y su custodia a una sociedad depositaria, y cuyo objeto es la captación de fondos del público para administrarlos e invertirlos en activos autorizados, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos[i]. Los fondos podrán constituirse como fondos abiertos o fondos cerrados.
Fondos Comunes de Inversión Abiertos
Fondos Comunes de Inversión Abiertos (en adelante fondos abiertos), son los fondos constituidos conforme el primer párrafo del artículo 21 de la ley, en los cuales, la cantidad de cuotapartes en circulación puede aumentar o disminuir a lo largo de la vida del fondo, las cuotapartes pueden ser suscriptas y rescatadas a través de diferentes modalidades de captación; el valor diario de las cuotapartes, considerado para la liquidación de suscripciones y rescates, será el valor determinado todos los días hábiles bursátiles luego del horario de cierre de los mercados institucionalizados locales, dividiendo el patrimonio del fondo por el número de cuotapartes en circulación; y en la administración del patrimonio se deben respetar las restricciones y limitaciones que surgen de la ley, el decreto y las normas dictadas por la Comisión.
Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Dinero
Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Dinero (en adelante fondos de dinero), son aquellos fondos abiertos donde cada valor de cuotaparte se mantiene fija en UNA (1) unidad de la moneda de denominación del fondo y donde el rendimiento diario del fondo se manifiesta mediante un ajuste porcentual a la cantidad de cuotapartes del suscriptor a fin de mantener siempre la convertibilidad de la cuotaparte en UNA (1) unidad de moneda.
Fondos Comunes de Inversión Cerrados
Fondos Comunes de Inversión Cerrados (en adelante fondos cerrados), son los fondos constituidos conforme el segundo párrafo de los artículos 1º y 21 de la ley, los cuales funcionan con una cantidad máxima de cuotapartes; las cuotapartes se negocian en un mercado institucionalizado organizado y autorizado como entidad autorregulada, y en este sentido, el inversor puede adquirirlas o venderlas en este ámbito a lo largo de la vida del fondo; el valor de las cuotapartes surge de la oferta y demanda involucradas en las operaciones de compra o venta que se realicen en el mercado institucionalizado donde se negocien; y tienen permitido la realización de objetos de inversión especiales, pudiendo integrar el patrimonio con conjuntos homogéneos o análogos de bienes reales o personales, o derechos creditorios con garantías reales o sin ellas, que pueden implicar excepciones a estas restricciones.
Fondos Inmobiliarios
Fondos Inmobiliarios, son los fondos constituidos conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la ley, con una cantidad máxima de cuotapartes y cuyo patrimonio puede estar integrado por derechos sobre inmuebles, créditos hipotecarios en primero o ulterior grado y derechos de anticresis constituidos sobre inmuebles (además de poder integrarse con los activos autorizados previstos en el primer párrafo del artículo 1° de la ley).
Ley Nº 24.083
Ley Nº 24.083 de Fondos Comunes de Inversión (en adelante "la ley"), es la ley publicada en el Boletín Oficial el 18 de junio de 1992 que establece el marco legal para el funcionamiento de los fondos comunes de inversión por medio de la cual se derogó la Ley Nº 15.885.
Modalidades para la captación de solicitudes de suscripción y rescate de cuotapartes
Modalidades para la captación de solicitudes de suscripción y rescate de cuotapartes, abarca los diferentes tipos de procedimientos que las gerentes y depositarias pueden implementar para tomar suscripciones y atender rescates de los inversores cuotapartsitas.
Moneda del fondo
Moneda del fondo (en adelante la moneda) es la moneda que será utilizada para la valuación de los activos y pasivos que forman parte del patrimonio del fondo.
Objetivo y política de inversión del fondo
Objetivo y política de inversión del fondo (en adelante el objetivo de inversión), comprende todas las inversiones y operaciones que las gerentes llevarán a cabo en la administración del fondo, con intervención de la depositaria, detallados en el texto del reglamento del fondo.
Órganos de los fondos
Órganos de los fondos (en adelante "los órganos"), se refiere a la gerente y la depositaria en forma conjunta.
Precio representativo
Precio representativo, es el precio que publican diariamente los mercados organizados institucionalizados autorizados, cuando finaliza la rueda de negociación diaria, que pretende reflejar el comportamiento del valor negociable en los últimos minutos de las negociaciones del día, y surge de fórmulas prefijadas por los mercados que toman en cuenta el volumen negociado y la cantidad de operaciones registradas, entre otras cuestiones.
Prospecto
Prospecto, contiene el texto íntegro del reglamento de gestión, el nombre y domicilio de los órganos del Fondo, los datos identificatorios del Fondo y la constancia de autorización de la Comisión Nacional de Valores, siendo su utilización obligatoria en los fondos cerrados y voluntaria en los fondos abiertos.
Registro de Idóneos
Registro de Idóneos (en adelante el registro), es el registro que lleva la CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN, en el que deben estar inscriptos las personas empleadas en la actividad de las sociedades gerentes, de las sociedades depositarias y de los agentes colocadores, que vendan, promocionen o presten cualquier tipo de asesoramiento o actividad que implique contacto con el público inversor, relacionado con cuotapartes de fondos comunes de inversión, quienes deberán rendir un examen de idoneidad y encontrarse inscripto en el Registro de Idóneos previsto en el artículo 5º del Capítulo XIV, previo al inicio y para la continuación de tales actividades. Quedan exceptuados de este requerimiento, los integrantes pertenecientes a entidades autorreguladas.
Reglamento de Gestión
Reglamento de Gestión (en adelante el reglamento), es un contrato suscripto originalmente por la gerente y la depositaria, al que los cuotapartistas adhieren de pleno derecho al suscribir cuotapartes del fondo, y regula la relación contractual entre las gerentes, depositarias y los cuotapartistas.
Rescate de cuotapartes
Rescate de cuotapartes (en adelante rescates), conforme lo dispuesto en el artículo 16 de la ley, es el acto por medio del cual se opera la desvinculación de los cuotapartistas en la indivisión de un fondo [ii].
Sociedades Depositarias de Fondos Comunes de Inversión
Sociedades Depositarias de Fondos Comunes de Inversión (en adelante "las depositarias"), son las sociedades anónimas constituidas conforme los artículos 14 de la ley y 2º del decreto , o las entidades financieras autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. que tienen como funciones principales la custodia, guarda, depósito y titularidad de los activos del fondo, la vigilancia del cumplimiento por la gerente de las disposiciones relacionadas con la adquisición y negociación de los activos integrantes del fondo, el registro de cuotapartes escriturales o nominativas y la percepción del importe de las suscripciones y el pago de los rescates. En caso de ser sociedades anónimas, su objeto social debe en forma exclusiva contemplar como funciones principales las mencionadas anteriormente.
Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión
Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión (en adelante "las gerentes"), son las sociedades anónimas constituidas conforme lo dispuesto en los artículos 3º de la ley y 2º del decreto, o las entidades financieras autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, que tienen como funciones principales la dirección y administración del patrimonio del fondo y la representación colectiva de los cuotapartistas en lo concerniente a sus intereses y respecto a terceros. En caso de ser sociedades anónimas, su objeto social debe en forma exclusiva contemplar como funciones principales las mencionadas anteriormente.
Suscripción de cuotapartes
Suscripción de cuotapartes (en adelante suscripciones), es el acto por medio del cual los inversores aportan montos u otros activos para ser integrados dentro del patrimonio del fondo ingresando en calidad de cuotapartistas y adhiriendo de pleno derecho a reglamento del fondo.