Decisiķn Administrativa 435/96 |
BUENOS AIRES,12 de Diciembre de 1996
VISTO la Ley Nē 24.629, los Decretos Nē 558 del 24 de mayo de 1996, Nē 660 del 24 de junio de 1996 y el expediente Nē 817/96 del registro de la COMISION NACIONAL DE VALORES caratulado "Modificación de la Estructura Organizativa", y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nē 24.629 se delegó al PODER EJECUTIVO NACIONAL facultades en materia de administración con el objeto de realizar en su ámbito la reorganización del SECTOR PUBLICO NACIONAL.
Que por el Decreto Nē 558/96 se estableció la obligación para cada jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes o primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político, para lo cual debía tomarse como base la organización establecida en el Decreto Nē 660/96.
Que la COMISION NACIONAL DE VALORES ha dado cumplimiento a las pautas enmarcadas en la segunda reforma del estado proponiendo la estructura organizativa y la distribución de la planta de personal hasta los niveles requeridos.
Que la Unidad de Auditoría Interna de la COMISION NACIONAL DE VALORES ha prestado su conformidad en los términos del artículo 35 del Decreto Nē 558/96.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
ARTICULO 1ē.- Apruébase la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidades Primarias y Acciones, y Planta Permanente que como Anexos I, II y III, forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTICULO 2ē.- Dentro del plazo de TREINTA (30) días, a partir de la presente, la COMISION NACIONAL DE VALORES deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban en la presente decisión administrativa, en concordancia con lo establecido por el Decreto Nē 1.545/94 reglamentado por la Resolución SFP Nē 422/94.
ARTICULO 3ē.- Derógase el Decreto Nē 2.734 del 29 de diciembre de 1993, con excepción de los Objetivos.
ARTICULO 4ē.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DECISION ADMINISTRATIVA Nē435/96
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Desarrollar las funciones que establece la Ley Nē 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, de las actividades desarrolladas por la COMISION NACIONAL DE VALORES, orientadas a los principios de eficiencia, eficacia y economía.
ACCIONES
1.- Planificar las tareas de control de la Auditoría Interna a desarrollarse en la COMISION NACIONAL DE VALORES, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría, en base a los principios de eficiencia, eficacia y economía.
2.- Elaborar el Plan Anual de Auditoría y ponerlo al análisis y aprobación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
3.- Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos en la COMISION NACIONAL DE VALORES basadas en la Ley Nē 17.811 y efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
4.- Brindar a toda la organización el asesoramiento que se le requiera principalmente en lo que se refiere a aspectos de control en las normas y procedimientos que se piense emitir.
SECRETARIA DE DIRECTORIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar al Directorio acerca de los asuntos elevados a su consideración.Transmitir al resto del Organismo las decisiones adoptadas por el Directorio.
Mantener informado al Directorio sobre toda noticia referida al mercado de capitales y asesorarlo respecto de la difusión de las actividades del Organismo.
ACCIONES
1.- Asistir directamente al Directorio y a la Presidencia del Organismo en el despacho y control de los asuntos elevados a consideración de esas instancias y de las resoluciones que de ellas emanen.
2.- Ejercer los controles formales necesarios en todos los expedientes elevados a consideración del Directorio a fin de evitar la configuración de errores materiales.
3.- Entender en la guarda de los documentos confidenciales del Directorio.
4.- Atender a la preparación y distribución de las informaciones y material elaborado por el Directorio.
5.- Informar a las Gerencias y Subgerencias del Organismo sobre las decisiones tomadas por el Directorio en los asuntos que le competen.
6.- Colaborar en la organización de las reuniones de Directorio, atendiendo a la preparación de actas con lo tratado y resuelto en ellas.
7.- Mantener las relaciones con la prensa en general.
8.- Analizar la información periodística diaria y preparar un extracto de ella para informar al Directorio.
9.- Coordinar la redacción y edición del anuario y la publicación mensual de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
GERENCIA DE EMISORAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar al Directorio respecto de las solicitudes de autorización para efectuar oferta pública de títulos valores, para el funcionamiento de los Fondos Comunes de Inversión, de las Sociedades Calificadoras de Riesgo, de los Fideicomisos Financieros y de toda otra entidad jurídica que no sea susceptible de encuadrarse en la órbita de la Gerencia responsable de los intermediarios. Fiscalizar el funcionamiento, transformación, disolución y liquidación de dichas entidades.
Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias existentes, por parte de las entidades antes mencionadas, y proponer las modificaciones que se estimen necesarias.
ACCIONES
1.- Proponer al Directorio la aprobación de normas internas o proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas bajo su competencia que se consideren necesarias.
2.- Informar de inmediato a la Gerencia responsable de controlar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias cualquier irregularidad o incumplimiento que observe en la oferta primaria de títulos valores o
en las personas sometidas a fiscalización de las Subgerencias a su cargo.
3.- Proponer al Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES la suspensión preventiva de la oferta pública, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior.
4.- Emitir los certificados correspondientes en los casos de delegación de facultades expresamente establecidos por el Directorio del Organismo.
5.- Ejercer el poder de policía societaria de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), que hagan oferta pública de títulos valores con domicilio en jurisdicción local.
GERENCIA DE INTERMEDIARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar al Directorio respecto de las solicitudes para funcionar de las Bolsas, Cajas de Valores, Mercados y Agentes que deseen intervenir en la oferta pública de títulos valores u operaciones con futuros y opciones, y supervisar el normal funcionamiento de éstos y de los sistemas informáticos electrónicos.
Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias existentes en relación con la negociación de los títulos valores y productos mencionados anteriormente y el funcionamiento de los intermediarios; y proponer las modificaciones que se estimen necesarias.
Efectuar un seguimiento permanente de la evolución de los mercados a fin de garantizar la transparencia de las operaciones, en beneficio del sistema y de la seguridad de los inversores.
ACCIONES
1.- Proponer al Directorio la aprobación de normas internas o proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas bajo su competencia que se consideren necesarias.
2.- Proponer al Directorio la suspensión preventiva de la intermediación en cualquiera de los mercados bajo jurisdicción del ente regulador.
3.- Informar de inmediato a la Gerencia responsable de controlar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, cualquier irregularidad o incumplimiento que se observe en la intermediación de títulos valores o de futuros y opciones, así como en el accionar de las personas sometidas a su fiscalización.
4.- Mantener adecuadamente informado al Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES sobre las novedades que pudieran producirse en los mercados sometidos a su jurisdicción.
5.- Emitir los certificados correspondientes en los casos de delegación de facultades expresamente establecidas por el Directorio del Organismo.
GERENCIA DE FISCALIZACION Y CONTROL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Controlar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias existentes por parte de las entidades fiscalizadas por las restantes Gerencias operativas.
Iniciar las investigaciones e instruir los sumarios que resulten pertinentes frente a la presunta comisión de infracciones a las normas que regulan la oferta pública o la intermediación de títulos valores o de futuros y opciones.
ACCIONES
1.- Realizar las investigaciones, inspecciones, pericias y auditorías que se dispongan.
2.- Iniciar las investigaciones e instruir los sumarios administrativos que resulten necesarios frente a las presuntas infracciones de las normas legales y reglamentarias cuya aplicación le compete a la COMISION NACIONAL DE VALORES, de las empresas emisoras, Bolsas, Mercados de Valores, a Término y de Futuros y Opciones, Sociedades Gerente y Depositaria de Fondos Comunes de Inversión, Cajas de Valores, Sociedades Calificadoras de Riesgo y Fideicomisos Financieros, y aconsejar al Directorio del organismo la aplicación de sanciones, controlando su debido cumplimiento.
3.- Poner en conocimiento del Servicio Jurídico de la COMISION NACIONAL DE VALORES, en forma exhaustiva e inmediata, aquellas circunstancias que justifiquen la participación de la COMISION NACIONAL DE VALORES en procesos judiciales o procedimientos administrativos a sustanciarse en ámbitos distintos al del Organismo.
4.- Mantener un registro de las sanciones impuestas por violación a las normas legales y reglamentarias vigentes.
5.- Emitir los certificados correspondientes en los casos de delegación de facultades expresamente establecidos por el Directorio del Organismo.
GERENCIA DE ESTUDIOS TECNICOS Y NUEVOS PROYECTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES en los estudios técnicos en materia contable, económica o financiera ligados a la actividad.
Elaborar estudios acerca del comportamiento de los mercados de capitales y de futuros y opciones.
Entender en la implementación de nuevos proyectos y políticas a requerimiento del Directorio.
Tomar a cargo la coordinación de los esfuerzos realizados en las materias de competencia del Organismo a fin de lograr la internacionalización de los mercados y, en particular, la integración con los mercados regionales más afines.
Supervisar el diseño de nuevos desarrollos informáticos y de los sistemas de procesamiento electrónico de datos y de información de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
Colaborar con la Secretaria de Directorio en la difusión de las funciones y ventajas de los mercados y sus instrumentos.
ACCIONES
1.- Proponer al Directorio la aprobación de normas internas o proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas bajo su competencia que se consideren necesarias.
2.- Coordinar el accionar del Organismo con el de los otros organismos del Estado, respecto de la marcha de las variables de la economía y su incidencia en los mercados.
3.- Promover la investigación de nuevas tecnologías que permitan optimizar el funcionamiento del Organismo
4.- Elaborar estudios técnicos respecto de materias técnicas de índole contable, económica o financiera que le sean requeridas.
5.- Emitir los certificados correspondientes en los casos de delegación de facultades expresamente establecidas por el Directorio del Organismo.
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar los recursos humanos, económicos, financieros, patrimoniales y de servicios generales de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
ACCIONES
1.- Supervisar la realización de registraciones contables y administrar el ingreso y egreso de fondos y valores que correspondan al Organismo. Efectuar el estudio y preparación del proyecto de presupuesto de gastos e inversiones del organismo y conducir la ejecución presupuestaria.
2.- Coordinar la percepción de los fondos que los distintos sujetos fiscalizados ingresen en concepto de tasas, aranceles y/o multas.
3.- Entender en la administración del personal del Organismo, como así también organizar y ejecutar el plan de capacitación interna.
4.- Centralizar los requerimientos de servicios y bienes, el mantenimiento de los mismos y su registración patrimonial.
5.- Coordinar el registro de movimiento de expedientes y de todo otro tipo de documentación que ingrese o egrese del Organismo, efectuar su distribución y administrar el material bibliográfico y el archivo general.
6.- Realizar la gestión de bienes y servicios que requieran las distintas áreas de la COMISION NACIONAL DE VALORES, atendiendo las compras, contrataciones, suministros y mantenimiento.
7.- Efectuar la protocolarización, registro y archivo de los actos administrativos producidos por la autoridad competente.
SUBGERENCIA DE ASESORAMIENTO LEGAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIAPrestar apoyo jurídico al Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES en todas aquellas materias que éste lo requiera.
Tomar a cargo la representación externa del Organismo en todos los procesos judiciales y procedimientos administrativos en que así lo resuelva el Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
ACCIONES
1.- Asesorar al Directorio del Organismo en todas aquellas materias jurídicas que le sean requeridas.
2.- Participar activamente en la redacción e implementación de las nuevas normas encargadas por el Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
3.- Ejercer el patrocinio letrado y tomar a su cargo la representación judicial y administrativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES en todos aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos ante otros entes públicos o privados que indique su Directorio, sea como parte actora, demandada, denunciante, querellante o en cualquier otro carácter.
4.- Entender en la interposición de recursos de revocatoria ante los mercados autorregulados, y judicial ante los tribunales competentes, sobre medidas disciplinarias
cuya imposición corresponda a las entidades bajo fiscalización.
5.- Mantener un registro actualizado de la jurisprudencia nacional y extranjera en materias propias del Organismo, así como de las decisiones de éste.
6.- Intervenir con carácter previo en la suscripción de acuerdos con entidades de otros países.